El Reglamento REACH (registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y preparados químicos, CE 1907/2006) es el marco normativo de la Unión Europea en materia de sustancias químicas. El Reglamento REACH requiere que Kingston facilite a sus clientes suficiente información acerca de las Sustancias extremadamente preocupantes (SEP) que incluyen sus productos si estas están presentes por encima de un límite de concentración del 0,1 % en peso para permitir el uso seguro de los mismos.
Divulgación de las SEP del Reglamento REACH de la UE en la Lista de candidatos.
Sustancias extremadamente preocupantes
Los proveedores de artículos deben facilitar a los destinatarios información relativa a las Sustancias extremadamente preocupantes (SEP) si están presentes por encima de un límite de concentración del 0,1 % a nivel de artículo. Las SEP se definirán en la lista de sustancias candidatas a la autorización que confeccionará la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA).
En diciembre de 2015, el Tribunal de Justicia Europeo dictaminó que los artículos ensamblados o incorporados en un producto complejo siguen siendo artículos y están sujetos a las obligaciones correspondientes de notificación y comunicación de información si contuviesen una sustancia extremadamente preocupante en una concentración superior al 0,1 % de su masa. Los proveedores de artículos deben facilitar a los destinatarios información relativa a las Sustancias extremadamente preocupantes (SEP) si están presentes por encima de un límite de concentración del 0,1 % a nivel de artículo.
Solicitudes de Declaración del Reglamento REACH
Kingston asume el compromiso de cumplir todos los requisitos del Reglamento REACH, y aportará a sus clientes información relativa a las sustancias presentes en sus productos que se encuentran dentro del ámbito del reglamento. Si lo solicita, podemos facilitarle una declaración.